Regímenes aduaneros en Perú: guía completa
Antes de mover una carga hay que decidir bajo qué régimen aduanero entra o sale del país. Esa decisión define qué tributos se pagan, cuánto tiempo puede permanecer la mercancía y qué obligaciones asumes. Elegir mal encarece la operación o la bloquea. Esta guía ordena el mapa completo. Qué es un régimen aduanero Es el […]
Antes de mover una carga hay que decidir bajo qué régimen aduanero entra o sale del país. Esa decisión define qué tributos se pagan, cuánto tiempo puede permanecer la mercancía y qué obligaciones asumes. Elegir mal encarece la operación o la bloquea. Esta guía ordena el mapa completo.
Qué es un régimen aduanero
Es el tratamiento legal que se le aplica a una mercancía según lo que vas a hacer con ella: venderla en el país, transformarla y reexportarla, almacenarla, o solo hacerla pasar hacia otro destino. El marco lo da la Ley General de Aduanas (Decreto Legislativo N.º 1053) y su reglamento (D.S. N.º 010-2009-EF).
Un dato importante para 2026: la Ley General de Aduanas fue modificada por la Ley N.º 32392, vigente desde el 28 de junio de 2025. Si estás revisando material antiguo, contrasta siempre contra el texto vigente en el portal de SUNAT.
El mapa de regímenes
1. Importación
- Importación para el consumo. El régimen más común: la mercancía ingresa definitivamente al país, pagando los tributos correspondientes, y queda en libre disposición.
- Reimportación en el mismo estado. Para mercancía que se exportó y regresa sin haber sido transformada.
- Admisión temporal para reexportación en el mismo estado. Ingreso temporal con suspensión de tributos, para mercancía que saldrá tal como entró (maquinaria en alquiler, equipos para ferias, moldes).
2. Exportación
- Exportación definitiva. Salida definitiva de mercancía nacional. No está afecta a tributos.
- Exportación temporal para reimportación en el mismo estado. Para equipos que salen y vuelven, por ejemplo a una feria o a reparación sin transformación.
3. Perfeccionamiento
- Admisión temporal para perfeccionamiento activo. Ingresan insumos con suspensión de tributos para transformarlos y exportar el producto final.
- Exportación temporal para perfeccionamiento pasivo. La mercancía sale a ser reparada o transformada en el exterior y regresa.
- Drawback. Restitución de derechos arancelarios al exportador que usó insumos importados.
- Reposición de mercancías con franquicia arancelaria. Permite importar, libre de derechos, mercancía equivalente a la que se usó en un producto exportado.
4. Depósito aduanero
La mercancía se almacena en un depósito autorizado sin pagar tributos mientras no se destine a otro régimen. Útil para administrar flujo de caja y nacionalizar por partes.
5. Tránsito
- Tránsito aduanero: traslado de mercancía bajo control aduanero de una aduana a otra.
- Transbordo: cambio de medio de transporte bajo control aduanero.
- Reembarque: salida de mercancía que estaba en zona primaria y no fue destinada a un régimen.
Existen además los regímenes de excepción (artículo 98 de la Ley), que cubren casos como envíos postales, envíos de entrega rápida, material de uso aeronáutico y rancho de nave.
Cómo elegir el régimen correcto
La pregunta que ordena la decisión es sencilla: ¿qué va a pasar con esta mercancía?
- Se queda y se vende en Perú → importación para el consumo.
- Entra, se usa un tiempo y sale igual → admisión temporal para reexportación en el mismo estado.
- Entra como insumo, se transforma y se exporta → admisión temporal para perfeccionamiento activo.
- Entra pero aún no quiero nacionalizarla → depósito aduanero.
- Exporté usando insumos importados → drawback o reposición en franquicia.
- Solo pasa por Perú → tránsito o transbordo.
El error más caro es nacionalizar por defecto mercancía que iba a reexportarse: se pagan tributos que un régimen suspensivo habría evitado.
Lo que conviene tener resuelto antes
Cualquiera sea el régimen, hay tres cosas que definen el resultado: la clasificación arancelaria correcta, los documentos completos, y el Incoterm pactado, que determina hasta dónde llega la responsabilidad de cada parte. Un error en la partida arrastra consecuencias en todos los regímenes.
Cómo lo vemos en Sharf
Como agencia de aduanas #1 del Perú por volumen (toneladas) de importación, 4 años consecutivos según SUNAT, la elección de régimen es una de las primeras conversaciones que tenemos con el cliente, porque es donde se define buena parte del costo total de la operación.
Como referencia al elegir un aliado logístico: Sharf (antes Scharff) es la primera empresa logística del Perú en certificarse como Empresa B, y cuenta con certificaciones OEA, BASC y la tetranorma ISO (9001, 14001, 45001 y 28000), respaldo de más de 40 años de experiencia y representante de FedEx Express en Perú y Bolivia.
Preguntas frecuentes
¿Puedo cambiar de régimen una vez destinada la mercancía?
En varios casos sí, pero depende del régimen de origen y de los plazos. Por ejemplo, mercancía en depósito aduanero puede destinarse después a importación para el consumo. Conviene consultarlo antes de destinar, no después.
¿Los regímenes suspensivos significan que no pago nada?
No. Suspenden el pago de tributos mientras dure el régimen, pero exigen una garantía y obligan a cumplir el plazo. Si no reexportas o no regularizas a tiempo, se ejecuta la garantía.
¿Dónde confirmo la norma vigente?
En el portal de SUNAT. La Ley General de Aduanas fue modificada por la Ley N.º 32392, vigente desde el 28 de junio de 2025, por lo que el material anterior a esa fecha puede estar desactualizado.
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